Direcciona la formación integral de los
miembros de la Policía Nacional, a través del Proyecto Educativo Policial
(PEI), en cumplimiento de las funciones de la docencia, investigación y
proyección social, con el propósito de contribuir a la satisfacción de las
necesidades de seguridad y convivencia ciudadana.
El IPE cumple las siguientes
funciones:
a)
Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y resoluciones del
Consejo Académico.
b)
Designar las comisiones que juzgare convenientes y necesarias para el mejor
funcionamiento de las actividades académicas del Instituto.
c)
Promover el intercambio y la cooperación con otras instituciones académicas
nacionales o extranjeras.
d)
Mantener informado al Consejo Académico de las principales actividades del
Instituto.
e)
Firmar títulos y diplomas correspondientes, así como convenios entre organismos
nacionales e internacionales.
f)
Cumplir con los deberes y atribuciones que por su naturaleza le pertenezcan.
g)
Mantener continua supervisión de las labores del Instituto en todos sus
aspectos.
h)
Autorizar, con su firma y la del Vicerrector Administrativo, las tramitaciones
financieras del Instituto, excepto las que fueren delegadas a otros
funcionarios.
i)
Aprobar los jurados examinadores correspondientes.
j)
Suspender a cualquier funcionario con la obligación de someter el caso al
Consejo Académico Superior, para que resuelva definitivamente en la sesión de
la fecha más próxima a la de la suspensión.
k)
Promover y desarrollar las políticas académicas, administrativas, ejecutivas,
de investigación, extensión y de planificación de la institución.
l)
Dirigir el Instituto Policial de Educación, (IPE) a través de la formulación y
ejecución de la política educativa y el gerenciamiento de los procesos que
aseguren la formación profesional policial, capacitación y especialización del
talento humano institucional.
m)
Estructurar y desarrollar los programas académicos conducentes al otorgamiento
de títulos de idoneidad profesional policial, en concordancia con las normas vigentes
de educación. n) Dirigir el desarrollo de la educación policial con calidad,
que contribuya al cumplimiento de la misión institucional, fundamentada en la
investigación y permanente innovación del servicio de policía.
o)
Asesorar al Consejo Superior Policial, en la definición y desarrollo de
programas, proyectos y demás actividades requeridas por el Subsistema Educativo
policial.
p)
Diseñar y elaborar planes y proyectos de inversión y desarrollo tecnológico que
permitan dar respuesta a las necesidades académicas y la estructura de la
Educación Policial.
q)
Dirigir el funcionamiento administrativo del instituto a través de la ejecución
de la política en materia de administración y los recursos financieros,
logísticos y tecnológicos.
r)
Dirigir las relaciones con el sector educativo en el ámbito nacional e
internacional para fomentar la cooperación y asistencia técnica en materia de
profesionalización del talento humano policial.
s)
Proponer al Consejo Superior Policial la creación de escuelas de formación,
capacitación y centros de instrucción que se requieran, de conformidad con
estudios previos de viabilidad y factibilidad, las cuales dependerán de este
instituto.
t)
Proponer proyectos para el fortalecimiento del Subsistema Educativo, ante el
Consejo Superior Policial.
u)
Desarrollar la política de gestión de calidad de la educación Policial.
v)
Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la
naturaleza.
Estructura: La Rectoría del Instituto Policial de Educación, tendrá la
siguiente estructura:
- A. Vicerrectoría Administrativa.
- B.
Vicerrectoría de Investigación y Extensión.
- C.
Vicerrectoría Académica.
- D.
Departamento de Doctrina.
- E. Departamento de Planificación Educativa.
- F. Oficina
de Asuntos Internacionales